Cómo y cuando contratar un Detective Privado, es la pregunta habitual que se hace cualquier particular o empresa, antes de ponerse en contacto con una Agencia de Investigación.
En Cuzco Detectives estamos mirando siempre por formar a nuevos detectives y por educar al ciudadano en la profesión del detective privado. Ser embajadores de la profesión, de cuidar los derechos fundamentales de los ciudadanos a la vez que combatir los delitos privados, es nuestro objetivo.
Para ello debemos saber que la profesión de detective privado está regulada por la Ley de Seguridad Privada 5/2014 y por el actual Reglamento 2364/94, además de inmersa en el resto del entorno jurídico español y europeo, comenzando por nuestra Constitución Española de 1978 y siempre en la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos.
El modelo de seguridad privada en España está basado en ser una seguridad complementaria, subordinada, colaboradora y controlada por la seguridad pública, que por lo tanto, matiza y define además, la forma de operar en la investigación privada.
Que tal y como define en art.4 de la LSP 5/2014, «la seguridad privada tiene como fin el satisfacer las necesidades legítimas de seguridad o de información de los usuarios de seguridad privada, velando por la indemnidad o privacidad de las personas o bienes cuya seguridad o investigación se le encomienda frente a posibles vulneraciones de derechos, amenazas deliberadas y riesgos accidentales o derivados de la naturaleza…..».
Y en su art. 5.1.h la LSP 5/2014 «La investigación privada en relación a personas, hechos o delitos sólo perseguibles a instancia de parte».
Pues bien, para ello está la figura del detective privado, no de un cualquiera que con su mejor voluntad o disposición se pone a investigar personas y hechos sin la habilitación del Ministerio del Interior, sin el conocimiento legal requerido y sin la legalidad y marco legítimo requerido.
El detective privado ha tenido que formarse en una Facultad de Derecho (de alguna Universidad que tenga el título y esté homologada por el Ministerio de Interior) durante 3 años de su vida, invertir tiempo, esfuerzo, pasar exámenes, aprobarlos y posteriormente abordar la habilitación en la Policía Nacional, de la que depende, con el correspondiente coste económico, tiempo y presentación de documentación requerida para la habilitación y ejercicio de la profesión. Es una persona formada y disciplinada, conocedora del marco legal en el que se puede investigar.
Esta habilitación está reflejada en la TIP (Tarjeta de Identidad Profesional), que según indica el art. 27.2 de la LSP 5/2014, «constituirá el documento público de acreditación del personal de seguridad privada mientras se encuentra en el ejercicio de sus funciones profesionales». La TIP la emite la Dirección General de Policía.
Y para conocimiento general del ciudadano que desea contratar al detective, decir que los principios de actuación son:
- Legalidad
- Integridad
- Dignidad en el ejercicio de sus funciones
- Corrección en el trato con los ciudadanos
- Congruencia, aplicando medidas de seguridad y de investigación proporcionadas y adecuadas a los riesgos
- Proporcionalidad en el uso de las técnicas y medios de defensa y de investigación
- Confidencialidad y reserva profesional
- Razonabilidad
- Necesidad
- Idoneidad
Así que ¿cuándo contratar un detective privado?
Pues lo que define la LSP 5/2014 en su art. 48.1 referente a los servicios de investigación son los siguientes:
- Servicios relativos al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolla en los domicilios o lugares reservados.
- La obtención de información tendente a garantizar el normal desarrollo de las actividades que tengan lugar en ferias, hoteles, exposiciones, espectáculos, certámenes, convenciones, grandes superficies comerciales, locales públicos de gran concurrencia o ámbitos análogos.
- La realización de averiguaciones y la obtención de información y pruebas relativas a delitos sólo perseguibles a instancia de parte o por encargo de los sujetos legitimados en el proceso penal.
Y en la que la aceptación del encargo de estos servicios privados requerirá, en todo caso, la acreditación por el solicitante de los mismos, del interés legítimo alegado, de lo que dejará constancia en el expediente de contratación e investigación que se abra (art. 48.2 de la LSP 5/2014).
Y ¿cómo contratar un detective privado?
Una vez que está aclarado el marco legal en el que opera la investigación privada y teniendo claros los principios de actuación que hemos reseñado más arriba, la contratación, bajo el legítimo interés del solicitante, que es el primer paso que el detective privado va a comprobar, se realiza mediante un contrato/autorización de servicios de investigación privada que debe firmarse para poder realizar la investigación de los hechos y personas.
A continuación, una vez mostrado el legítimo interés y la firma del contrato/autorización, se procede a abrir un expediente de investigación, apuntarlo en el libro de registro que todo detective lleva diligenciado por la Policía y a recopilar los datos, fotos, hechos, etc que el cliente nos pueda aportar para la correcta preparación y conocimiento de la investigación a realizar.
El detective privado, en su reserva profesional y confidencialidad, debe asegurar el archivo y conservación de la documentación relativa a su ejercicio profesional, especialmente de los contratos, informes, libros y material de imagen y sonido obtenido (art. 25.1.g de la LSP 5/2014).
El resultado de la investigación.
El detective privado, una vez terminada la investigación tiene la obligación de:
- Realizar un informe de la investigación con los hechos relevantes relativos al caso y hechos investigados, aportando texto, imágenes y sonidos obtenidos.
- Facturar los servicios de investigación realizados.
- Registrar en su libro diligenciado el caso investigado.
- Ratificar en sede judicial su informe, en caso de ser requerido.
- Deber de reserva profesional.
Y el derecho a:
- Recibir el importe completo de sus honorarios y gastos facturados.
- Recibir el documento «Recibí», firmado por el cliente, como entrega del informe realizado.
- Ser tratado como seguridad privada y lo que ello implica ante las FCSE, los ciudadanos y el Ministerio de Justicia.
Cuzco Detectives aborda sus investigaciones bajo estos principios legales y de actuación, siendo especialmente diligente con sus detectives y con la confidencialidad, metodología de investigación y reserva profesional en todas sus investigaciones.
La legalidad, los principios que nos rigen como colectivo y nuestro código deontológico del Colegio Profesional de Detectives Privados de la Comunidad Valenciana, rigen nuestras actuaciones.
Desde Cuzco Detectives, como siempre, «miramos por ti».