#DETECTIVESPRIVADOS #INTRUSISMO
Estimados amigos, seguidores y lectores,
Estos dos años de #COVID19 que llevamos, hemos visto aumentar el número de incidencias, por llamarlo así, debido al intrusismo profesional y por ello, desde detectives privados Madrid, Cuzco Detectives, queremos exponer en este artículo lo que significa en términos legales y en términos de servicio privado de investigación.
INVESTIGACION PRIVADA
La profesión de detective privado está regulada según la Ley de seguridad privada 5/2014 y bajo la continua supervisión y auditoría de la Policía Nacional, en concreto la Unidad Central de Seguridad Privada y las Policías autónomas por delegación.
Pero para llegar a poder estar en condiciones de ejercer la profesión hay que hacer unos pasos previos, los más exigentes en materia de seguridad privada en todo el mundo, y por supuesto, en toda la Unión Europea, que resumimos en:
- 3 años de formación en una Facultad de Derecho de las Universidades que tienen la formación de Detective Privado en su curriculum educativo, bien integrado en el grado universitario de Criminología o bien como formación independiente.
- Una vez realizados estos 3 años (y no menos) de formación en temas de derecho civil, penal, procesal, mercantil, constitucional, etc. y otras materias como criminología, tecnología, lofoscopia, etc. se obtiene el título universitario con el que acceder a sacar la licencia de detective privado.
- Una vez que se adjunta la documentación requerida en la Unidad Central de Seguridad Privada para la obtención de la licencia, se asignan dos números por parte del Ministerio del Interior:
- I.P. (Tarjeta Identidad Personal)
- N.S.P. (Registro Nacional Seguridad Privada)
- Estos dos números identifican al detective privado en el ejercicio legal de la profesión.
La TIP por si misma no da la habilitación estricta para ejercer la profesión y de estar al corriente de los requerimientos, simplemente se asigna a aquellos que han querido obtenerla, acorde a su proceso de formación y solicitud de la misma, pero no les define como “ejercientes” pues, entre otras cosas, lo mismo no están dados de alta en la Agencia Tributaria ni en la Seguridad Social, requeridos ambos, y primer punto legal que luego expondremos.
El RNSP es un número asignado a cada despacho de detectives que sí valida estar al corriente en todos los procedimientos legales que se marcan para ejercen la profesión, y sólo lo tienen, los que verdaderamente sí son ejercientes.
ASPECTOS LEGALES DEL INTRUSISMO E IMPACTO EN EL CLIENTE
En Cuzco Detectives, también perseguimos el intrusismo porque, como vamos a exponer, conlleva otra serie de delitos, que no sólo este.
El intrusismo profesional está explícitamente contemplado en el artículo 403 del código penal de España y dice:
El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de doce a veinticuatro meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de seis a doce meses.
Y por lo tanto, aquellos que ejercen como detectives, sin tener la habilitación correcta y legal del Ministerio del Interior, comenten un delito penal.
Pero no es el único porque al no estar legalmente registrado en el Ministerio del Interior aparecen otros añadidos:
- Fraude a la Seguridad Social: Por no estar dado de alta como autónomo y pagar las correspondientes cuotas mensuales.
- El artículo 307del Código Penal castiga al que, por acción u omisión, defraude a la Seguridad Social eludiendo el pago de las cuotas de ésta y conceptos de recaudación conjunta, obteniendo indebidamente devoluciones de las mismas o disfrutando de deducciones por cualquier concepto asimismo de forma indebida, siempre que la cuantía de las cuotas defraudadas o de las devoluciones o deducciones indebidas exceda de 50.000 euros.
- Fraude a la Hacienda Pública: Por no estar dado de alta en el I.A.E. correspondiente y seguramente porque no factura y cobra servicios en “B”.
- El artículo 305del Código Penal castiga al que por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de 120.000 euros. («Delito contra la Hacienda Pública»).
- Competencia desleal: Porque al no cumplir con los puntos anteriores, no tiene los costes obligados de los impuestos que requiere España y actúa en competencia desleal con el sector.
- La competencia deslealengloba aquellas prácticas que, faltando a la buena fe, tratan de alterar ilícitamente el funcionamiento del mercado o el comportamiento y voluntad de los consumidores y usuarios. Ley 3/1991 del 10 de enero de Competencia Desleal
- Fraude y estafa al cliente: Porque al no ejercer legalmente la profesión aparecen las siguientes consideraciones:
- El servicio contratado no es legal.
- Al no ser legal no vale como prueba admisible en actos procesales.
- Al no emitir factura es un fraude.
- Y por todo ello es una estafa al cliente.
- Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.
- El delito de estafa se encuentra regulado en el Título XIII (delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico), Capítulo VI (de las defraudaciones), Sección 1 (de las estafas) del Código Penal, en el artículo 248 y siguientes.
- El tipo básico de este delitolo recoge el artículo 248.1 del Código Penal.
Y por ende a estas consideraciones remarcamos que:
- Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, no pueden intervenir en investigaciones privadas, acorde a la Ley 5/2014 de Seguridad Privada, que expresamente indica esto, un Policía o Guardia Civil no es personal de Seguridad Privada ni por tanto puede hacer investigaciones privadas como tales à Intrusismo Profesional.
- Un detective privado no puede intervenir en delitos de carácter público, acorde a la Ley 5/2014 de Seguridad Privada.
- El vecino/amigo/familiar que se dedica a seguir y vigilar en nombre de un tercero, comete delito de intrusismo profesional.
Así que recomendamos que el CLIENTE, considere siempre estos temas a la hora de contratar los servicios profesionales de un detective privado, legal, formado y válido acorde a la Ley de Seguridad Privada, porque como dice la propia Ley, si no, el propio CLIENTE es parte de la ilegalidad y tiene sus consecuencias.
APORTANDO VALOR
Cuzco Detectives establece las siguientes premisas de trabajo en todo el proceso legal de la investigación privada:
- Refuerzo de la contratación ONLINE con asesoramiento ONLINE y reuniones virtuales con clientes que lo quieran
- Contacto a través de la web https://cuzcodetectives.com/contacto-detectives-privados/ por vía email o con los teléfonos de contacto que en ella figuran
- Cumplimiento de la legalidad vigente y las medidas que marque el Gobierno de España y cada Comunidad Autónoma en materia de Seguridad Privada, Fiscal, Seguridad Social y resto del marco Constitucional del Estado Español.
- Mantenimiento de la autoprotección #HANDHYGIENE #HIGIENEDEMANOS #MASCARILLAHIGIENICA
- Mantenimiento de la distancia social #CORONAVIRUSARV #MANTENLADISTANCIASOCIAL
- Exquisito cuidado a la exposición con terceros
- Vehículos operativos con un único detective privado y adaptados a las Zonas de Bajas Emisiones (eléctricos, EURO5 y ECO)
- Medidas de Autoprotección cuando se trata de entrar en locales para la investigación privada contratada
- En condiciones específicas de trabajo, incluso con trajes de protección, gafas y guantes, además de lo exigido por la normativa vigente
En Cuzco Detectives “miramos por ti”.