Los acontecimientos que van surgiendo en la vida cotidiana lleva a dar cada vez más importancia a las investigaciones, tanto de carácter privado, como de carácter público.
En las de carácter público tenemos a las FCSE con todo el mecanismo legal y jurídico orientado hacia el bien común, la detención y juicio de delincuentes y es algo ya conocido para todos.
Pero también es importante poner de manifiesto, que en este sentido, los periodistas de investigación, debidamente acreditados, hacen también una labor social y pública en la que permiten levantar delitos que posteriormente son puestos en manos de la Justicia y en la que además intervienen FCSE.
Esto se ha visto en los libros de las infiltraciones de algunos periodistas de investigación, en algunos programas de televisión que muestran las investigaciones que realizan, en el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación que han sacado adelante una última investigación sobre los llamados «Papeles de Panamá» (https://www.icij.org/), etc.
No conviene perder de vista su importante labor social, pública y legal en las investigaciones que realizan.
Pero además de ello, y desde el ámbito de la INVESTIGACIÓN PRIVADA, son los Detectives Privados quienes tiene la habilitación del Ministerio del Interior para, acorde a la Ley de Seguridad Privada 5/2014, abordar las investigaciones.
No son los vigilantes de seguridad, ni abogados ni economistas, ni los llamados analistas (de todo tipo) quienes tienen habilitación para ello.
La investigación privada exige 3 años de estudios universitarios y una habilitación, un conocimiento de las leyes del Estado Español y un cumplimiento de la legalidad y de los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Es por ello que los gabinetes de economistas, consultoras, bufetes de abogados, Colegios Profesionales, particulares, Asociaciones, empresas, etc. se apoyan en las investigaciones legales que hacen los detectives privados para llevar las pruebas, legalmente obtenidas, hacia sus procesos de negociación o juicios, para tomar decisiones de negocios y para saber con quien se están jugando sus negocios y estrategias empresariales.
Por lo tanto, todo lo que no sea obtenido de forma legal, o bien no se puede usar en procesos judiciales o bien es porque ha habido una intromisión en la profesión, que queda recogido en el art. 403 del código penal de España.
Periodistas, abogados, economistas, médicos, ingenieros, y otras profesiones, están reguladas en su ejercicio profesional, y sólo quien tenga esa acreditación universitaria y cumpla los requisitos legales puede ejercerla.
Los detectives privados son una de esas profesiones que exigen la habilitación del Ministerio del Interior, ni más ni menos, y su trabajo va orientado a ayudar a encontrar las pruebas necesarias de manera legal para que las estrategias empresariales de expansión, las due diligence, la situación patrimonial, las estafas, la ocultación de bienes, los alquileres fraudulentos, los engaños laborales, estafas a la Seguridad Social, bajas fingidas, etc. etc. etc. salgan a la luz y con ello se consiga luchar contra los delincuentes y conseguir que, junto con bufetes, colegios profesionales, administradores concursales, administradores de fincas y la colaboración con las FCSE, se pueda ir limpiando, en aras del bien social y público, los delitos y fraudes que se están cometiendo.
Hay que tener muy claro lo que marca la ley para saber que no todas las personas pueden proceder a vigilancia y seguimiento de otras, no todo vale y están los derechos fundamentales de los ciudadanos en juego.
En la investigación, no todo vale, no de cualquier manera, no a cualquier precio, no por cualquiera.
Hay leyes que rigen quién y cómo puede y debe investigar, bajo qué leyes se juzgan los delitos cometidos y bajo que leyes y articulados se debe enjuiciar a todos los que hayan cometido el delito de intrusismo profesional.