Estimados amigos y lectores,
Detectives Privados Madrid, Cuzco Detectives, trabaja a su lado en los temas de investigación privada y vamos a exponerles un camino un poco más desconocido de la investigación, el uso del #POLIGRAFO.
INVESTIGACION PRIVADA
Tomando como punto de partida la Ley de Seguridad Privada (LSP 5/2014) de 5 de abril de 2014, el artículo 48 expone lo siguiente:
Artículo 48. Servicios de investigación privada.
- Los servicios de investigación privada, a cargo de detectives privados, consistirán en la realización de las averiguaciones que resulten necesarias para la obtención y aportación, por cuenta de terceros legitimados, de información y pruebas sobre conductas o hechos privados relacionados con los siguientes aspectos:
- a) Los relativos al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.
- b) La obtención de información tendente a garantizar el normal desarrollo de las actividades que tengan lugar en ferias, hoteles, exposiciones, espectáculos, certámenes, convenciones, grandes superficies comerciales, locales públicos de gran concurrencia o ámbitos análogos.
- c) La realización de averiguaciones y la obtención de información y pruebas relativas a delitos sólo perseguibles a instancia de parte por encargo de los sujetos legitimados en el proceso penal.
Y teniendo esto en consideración, vemos que este artículo permite a los detectives privados (que se hayan formado en ello) a poder realizar los servicios de psicofisiología forense mediante el uso del polígrafo en este tipo de casos y ponemos algunos ejemplos:
- Robo en un domicilio: Cuando se ha producido por parte de un familiar o amigo de los propietarios, cuestión que se está dando a menudo por motivos del COVID-19 y situación económica de las familias. Es frecuente el robo de dinero que se ha guardado en sobres o en cajas.
- Robo de material en una empresa: Aunque es un poco menos habitual que el robo en domicilio a la larga es un impacto económico serio para la empresa.
- Empleo: En contrataciones de especial importancia para la empresa, como son los cargos directivos o los puestos de confianza como vigilantes de seguridad, conductores VIP, nuevos empleados, el uso del polígrafo se usa de forma preventiva para dar un perfil del sujeto contratado o previo a su contratación.
- Personal de servicio: En casas particulares, llamémoslas VIP, donde la contratación de personal de servicio es necesario pero deben mantener una confianza y discreción para garantizar la intimidad y derecho a la privacidad de los propietarios (tal y como marca la Constitución Española en su artículo 18.
- Disputas familiares: Que dentro del ámbito particular que contempla la Ley de Seguridad Privada 5/2014 ya referida, nos permite afrontar casuísticas variadas y de interés económico para una agencia de investigación como son:
- Infidelidades
- Disputas patrimoniales
- Empresas familiares
- Consumo de drogas y/o alcohol
- Hábitos como ludopatía o estupefacientes
- Abuso de menores
- Etc.
Como vemos, el artículo 48 de la LSP 5/2014 nos permite abordar determinadas investigaciones y el uso del polígrafo, insistimos que siempre bajo la voluntad manifestada, escrita y rubricada, consentida sin coacción por parte del sujeto, puede ser una herramienta añadida a la investigación y que aporta un valor a la agencia de investigación y al cliente.
SERVICIO PSICOFISIOLOGÍA FORENSE. POLÍGRAFO EN LA INVESTIGACIÓN
Cuando se han producido hechos donde es difícil identificar verazmente a quien los ha cometido, sólo queda investigar en base a indicios y en base a pruebas con la autorización escrita y firmada de los sujetos intervinientes o que allí estaban en el momento de los hechos.
Esto se reduce a la utilización, en la investigación privada, de metodologías y técnicas como las huellas dactilares, la pericia caligráfica, el análisis forense de móviles o el uso del polígrafo.
Y para el uso del polígrafo debemos incidir en una característica muy importante que deben tener los poligrafistas, y los investigadores privados, la de saber entrevistar/interrogar, de forma directa o indirecta, en busca de la información y según las circunstancias.
Por eso, en todas las investigaciones no caben todas las prácticas, a veces porque no se pueden obtener huellas dactilares ya que se han empleado guantes o se han deteriorado, haremos alusión a las películas de series televisivas como CSI donde aportan gran capacidad de entretenimiento, aprendizaje de los “pillos” y que ilustran de forma televisiva cómo se resuelven, en 45 minutos, hechos delictivos, pero que en resumidas cuentas, a los “pillos” les enseñan cómo se realizan las investigaciones de forma metódica, científica y probatorias, los que les sirve para tomar sus contramedidas correspondientes.
Aquí es donde entra el servicio de polígrafo, que si bien tiene que ser aceptado y firmado por cada individuo que se vaya a someter al mismo (al igual que las huellas dactilares, por ejemplo), permite, mediante la entrevista y el uso de la herramienta tecnológica, sacar conclusiones con >93% de credibilidad y fiabilidad acorde a las estándares manejados por la metodología UTAH.
Pero cuando se realizan servicios de poligrafía como parte de una investigación, se está aportando un valor extra a la misma por lo siguiente:
- Es un servicio innovador en la investigación privada.
- Puede sacar a relucir las entrañas y responsables del hecho investigado.
- Puede aportar pruebas periciales que aportarían, como tales, valor en un juicio.
- Puede ser un hecho que, bien tratado y gestionado, aportaría valor en una investigación policial de mayor calado.
- Se pueden usar diferentes tipos de test a la hora de entrevistarse con diferentes sospechosos de cara a sacar información oculta, deducir el culpable o ratificar al inocente.
- Es un valor diferencial para la agencia de investigación privada que la pone en otro nivel de competencias profesionales.
- El servicio de poligrafía no es un servicio profesional que requiera la habilitación de detective privado del Ministerio del Interior ni es un servicio que esté bajo el marco legal de la LSP 5/2014.
- Si bien se rige por los principios fundamentales de:
- Legalidad.
- Integridad.
- Dignidad en el ejercicio de las funciones.
- Corrección en el trato con los ciudadanos.
- Congruencia, aplicando medidas de seguridad y de investigación proporcionadas y adecuadas a los riesgos.
- Proporcionalidad en el uso de técnicas y medidas de defensa e investigación.
- Reserva profesional sobre los hechos que se conozcan en el ejercicio de sus funciones.
- Colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE).
El informe del servicio de poligrafía es de carácter reservado y confidencial cuyo resultado queda escrito y a disposición del cliente contratante o a quién él designe de forma expresa, escrita y firmada, salvo que medie una investigación policial y sea requerido por el Juzgado competente.
Seguimos en contacto, y recuerda que en Cuzco Detectives siempre “miramos por ti”.