Cuzco Detectives quiere empezar esta exposición recordando a los clientes que según el Real Decreto 2364/1994 de 9 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, en su artículo 65.3 dice:
«Cuando sea un detective privado con despacho propio el que pierda su condición deberá entregar en el mismo plazo (10 días), su Tarjeta de Identidad Profesional y además, salvo en el supuesto de que la actividad del despacho sea continuada por otro despacho de detective privado, el libro-registro necesario con arreglo a lo dispuesto en el articulo 108 del presente Reglamento, y depositar en la Dirección General de la Policía la documentación concerniente a las investigaciones realizadas. Dicha documentación permanecerá en el nuevo despacho de detective privado o en la Dirección General de la Policía durante un plazo de cinco años a disposición de las personas que hubieran encargado la investigación y tuvieran derecho a ella y transcurrido dicho plazo se procederá a la destrucción de la misma».
Y esto quiere decir, ni más ni menos, que si el detective privado se ha dado de baja en el ejercicio de su actividad profesional, deberá devolver la Tarjeta y el libro de registro, con lo que no podrá ejercer de detective, no podrá realizar investigaciones privadas, no podrá ratificarlas en juicios y no podrá ejercer en Seguridad Privada. Es así de claro y sencillo.
Por lo tanto, el cliente tiene su derecho y el deber de preguntar al profesional si cumple los requisitos de habilitación que le permitan realizar la investigación privada, si está al corriente de sus seguros sociales, seguro de responsabilidad civil y obligaciones tributarias, por que de no hacerlo, la investigación privada no debería realizarse y de realizarse sería ilegal y con sanciones administrativas, de fraude a la seguridad social y a la hacienda pública.
En la medida que el Reglamento sigue vigente, conviene también recordar a los clientes que:
Artículo 101. Funciones de los detectives privados
1. Los detectives privados. a solicitud de personas físicas 0 jurídicas se encargarán:
a) De obtener y aportar información y pruebas sobre conductas 0 hechos privados.
b) De la investigación de delitos perseguibles sólo a instancia de parte por encargo de los legitimados en el proceso penal.
c) De la vigilancia en ferias, hoteles exposiciones o ámbitos análogos (artículo 19.1 de la Ley de Seguridad Privada).
2. A los efectos del presente artículo se considerarán conductas 0 hechos privados los que afecten al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar 0 social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios 0 lugares reservados.
3. En el ámbito del apartado 1.c) se consideran comprendidas las grandes superficies comerciales y los locales públicos de gran concurrencia.
Artículo 102. Prohibiciones.
1. Los detectives no podrán realizar investigaciones sobre delitos perseguibles de oficio, debiendo denunciar inmediatamente ante la autoridad competente cualquier hecho de esta naturaleza que lIegara a su conocimiento y poniendo a su disposición toda la información y los instrumentos que pudieran haber obtenido, relacionados con dichos delitos.
2. En ningún caso podrán utilizar para sus investigaciones medios personales o técnicos que atenten contra el derecho al honor, a la intimidad personal 0 familiar, a la propia imagen o al secreto de las comunicaciones (artículo 19.3 y 4 de la Ley de S.P.).
Artículo 103. Carácter reservado de las investigaciones.
Los detectives privados están obligados a guardar riguroso secreto de las investigaciones que realicen y no podrán facilitar datos sobre éstas más que a las personas que se las encomienden y a los órganos judiciales y policiales.
Artículo 106. Establecimiento de sucursales.
Los detectives privados podrán establecer despachos delegados o sucursales en distintas localidades, debiendo en todo caso estar dirigido cada uno de ellos por un detective habilitado con arreglo a lo dispuesto en este Reglamento.
Artículo 107. Apertura de sucursales.
Para la efectividad de lo dispuesto en el artículo anterior, deberán comunicar previamente a la Dirección General de la Policía, que dará traslado a la Comunidad Autónoma competente, la apertura de la delegación o sucursal, con determinación de su localización y acompañando los documentos relativos a los detectives encargados que vayan a trabajar en la misma.
Y en la Ley de Seguridad Privada 5/2014 de 5 de abril, cabe recordar también lo que dicen los artículos:
Artículo 48.5. Servicios de investigación privada
Los despachos de detectives privados y los detectives privados encargados de las investigaciones velarán por los derechos de sus clientes con respecto a los de los sujetos investigados.
Artículo 48.6. Servicios de investigación privada
Los servicios de investigación privada se ejecutarán con respeto a los principios de razonabilidad, necesidad, idoneidad y proporcionalidad.
Conviene pues que todos, detectives y clientes, tengan claro que la investigación privada está fuertemente regulada, no se retuerce la Ley ni los Derechos Fundamentales de los ciudadanos y que el ejercicio de la profesión tiene unas pautas éticas y requerimientos profesionales claramente escritos y reglamentados.
A esto hay que unir algún aspecto que conviene poner en valor, el precio de la investigación privada.
Sobre ello, como comprenderá el cliente, no hay un precio regulado ni por el tipo de servicio ni por Comunidad Autónoma. Es el ejercicio de la profesión y el plan de negocio el que fija los precios de cada detective o despacho. Así pues:
- No es lo mismo ser detective privado autónomo o ser una Agencia de investigación privada
- No se puede atender la complejidad de la investigación y los recursos necesarios siendo un detective autónomo o siendo agencia
- No se puede investigar en la calle y reunirse con el cliente a la vez
- No se puede investigar en la calle y además atender el móvil o las solicitudes que lleguen por e-mail
- No se puede estar en la calle investigando, viajando y hacer los informes, libro de registro y otros asuntos obligados por Ley
- No es lo mismo el coste que soporta un detective autónomo que el que soporta una agencia
Por lo tanto señor cliente, cuando tenga que contratar una investigación privada, deberá tener claro, y un factor importante es el precio que le oferten, si usted está contratando una agencia con recursos humanos, medios técnicos, cobertura, experiencia, metodología, calidad, y capacidades de gestión o a un detective autónomo que aún teniendo todo esto, simplemente no puede llevar la investigación bien y atender sus otras obligaciones.
Y así podrá desconfiar de los precios bajos, elegir el valor justo de la investigación, la calidad que está dispuesto a pagar y lo que usted se juega con la investigación y la confianza que depositada en la persona o agencia elegida.
Sepa cuáles son sus derechos, sus obligaciones y entienda bien que el detective y la agencia tienen los mismos derechos y obligaciones, pero que los costes soportados por cada uno son diferentes al igual que las capacidades.
Algunos costes son: seguros sociales, seguro de responsabilidad civil, colegiación del detective o no, impuestos tributarios, costes de oficina, administrativos, medios técnicos, formación continuada, experiencia, metodología, calidad del informe, calidad del video, recursos humanos, disponibilidad, trato, formación universitaria, de posgrado con máster o de doctorado, etc. etc. son factores que usted debería evaluar, analizar y decidir cuando deposite su confianza en un detective o en la agencia de investigación privada.
Valore que es más importante para usted y considere el precio de la propuesta y cómo se desarrollaría la investigación, haga preguntas, sea consciente de qué contrata y con quién lo hace, que puede esperar y por qué está pagando realmente.
Como se dice en el refranero español «no hay duros a cuatro pesetas».
Todos tratamos de aportar un valor diferencial, observe, analice y juzgue si ese valor que le ofrecen es de garantía y confianza para usted.
La decisión de la contratación es suya, el resultado obtenido, amigo mío, va en función de esos parámetros.
En Cuzco Detectives estamos para «mirar por usted», si nos pregunta, le responderemos.